Sobre la historia del Fuero de Familia

Durante los años 90, se instaló el debate de la mediación como una alternativa para la resolución de los conflictos, antes que los justiciables los llevaran a los órganos jurisdiccionales. Hasta entonces, en la provincia de Buenos Aires, el Código Procesal Civil y Comercial regulaba de igual modo el acceso a la justicia y el procedimiento para todas las materias, tanto civiles como comerciales.

Se comenzó a pensar en la estructura de una nueva forma de abordaje para los conflictos familiares, encomendando una comisión para la redacción de una ley que modificara sustancialmente el proceso de familia. Esa comisión estuvo integrada, entre otros notables, por los Dres. James Little, José Russo, Alberto Rezzónico y Vilma Recoder.  La nueva norma se plasmó en la ley 11453 y tenía, entre sus objetivos, aportar soluciones conciliadoras, rápidas y eficientes para el conflicto familiar.

A partir de entonces, se desarrolló una etapa preliminar, la ETAPA PREVIA, que reflejó la intención legislativa de crear un organismo jurisdiccional, especializado, con estructura adecuada y flexible, capaz de dar respuesta rápida a los justiciables y de impulsar la autocomposición del conflicto. En paralelo, apareció en escena la figura de la Consejera de Familia, llamada así porque en los dos primeros departamentos judiciales que se implementaron esos tribunales, durante 1995, fueron mujeres quienes desempeñaron ese cargo: Patricia Bermejo y María Amalia Masa (La Plata). A esta nueva figura se agregó un equipo interdisciplinario cuyo armado fue todo un desafío; no obstante, el aprendizaje recíproco de psicólogos, psiquiatras, trabajadores sociales y abogados permitió encontrar un lenguaje común para el acercamiento a las familias en crisis.

Los tribunales tenían un proceso oral por audiencias: audiencia preliminar y audiencia de vista de causa. Primero en La Plata, luego en Lomas de Zamora y así sucesivamente en otras departamentales del conurbano y de urbes grandes como Mar del Plata y Bahía Blanca. Así comenzaron a funcionar los TRIBUNALES DE FAMILIA cuya especialización generó gran expectativa entre los abogados y otros profesionales del Derecho quienes se convirtieron en verdaderos auxiliares del flamante sistema.

En 2004, la Convención de los Derechos del Niño indujo a nuevas adecuaciones en instituciones y políticas públicas. En la legislatura provincial, comenzó a pensarse en un proyecto para crear el Sistema de Promoción y Protección de los Derechos del Niño, partiendo del principio rector de poner en relieve la condición de persona humana de todo niño, niña o adolescente y proponiendo la creación de un conjunto de órganos, entidades y servicios de promoción y protección integral de esos derechos, integrado por órganos administrativos, judiciales y organizaciones de atención a la niñez y la juventud que habrían de formular, coordinar, orientar, supervisar, ejecutar y controlar las políticas, programas y acciones en el ámbito provincial y municipal. Esto implicó la desaparición de los Tribunales de Menores, la creación de Juzgados unipersonales de Familia y del Fuero de Responsabilidad Juvenil.

A principios de 2007, y como resultado de ese proceso, el Consejo de la Magistratura de la Provincia convocó a concurso para designar Jueces de Familia, quienes serían los encargados de liderar las organizaciones de justicia con estructura unipersonal y doble instancia. Luego de un riguroso proceso evaluatorio, quedaron propuestas las ternas que fueron sometidas a la aprobación del Senado, con la designación de quienes fueron los/las primeros/as Jueces y Juezas del nuevo Fuero de Familia.

Hacia fines de 2008, se conformaron los primeros Juzgados unipersonales en Olavarría, Necochea, y para mediados de 2009, estaban en funcionamiento juzgados en Olavarría, Necochea, Mercedes, Junín, Tandil, Azul, Zárate-Campana, Dolores y Pergamino.

La innovación del Fuero de Familia se produjo en una estructura distinta: juzgados unipersonales interdisciplinarios con doble instancia y en la competencia, porque a la existente se agregó la referida a las medidas de abrigo y las denuncias de violencia familiar o doméstica.

En la actualidad, existen 112 juzgados unipersonales asentados en toda la Provincia que atendieron durante 2022, 321345 procesos litigiosos, de los cuales 163450 se correspondieron a denuncias de violencia familiar o doméstica y, a pesar de haber transitado una situación sanitaria extrema –como las limitaciones administrativas impuestas por el ASPO- lograron tomarse 76.335 audiencias.

Por Resolución 2881 del 23/10/2019, la SCBA (Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires) reconoció que el Fuero de Familia cuenta con factores diferenciadores de otros fueros: el aumento del índice de litigiosidad en materia de violencia familiar y de género, el trabajo contínuo de los operadores en la urgencia, con la necesaria articulación con otros poderes del Estado y el Ministerio Público y, en algunos supuestos, fuera del horario de atención al público -incluido el hecho de contar con guardias judiciales- así como el desgaste laboral vinculado a los factores de riesgo psicosociales relacionados con la actividad que tales operadores desempeñan.

El éxito de la creación y sostenimiento del Fuero de Familia interdisciplinario no solo radica en que sirvió al inicio sino que también ha permitido responder, a través del tiempo, a las estructuras familiares que en estos casi 30 años se han modificado respondiendo a los avances sociales.

Son muchas las familias que han pasado por estos juzgados encontrando un camino para elaborar estrategias de vida más saludables y cuyas mejoras han sido la consecuencia de un trabajo eficaz y eficiente de los operadores del Fuero.